Más información de la normativa: LEY 959 PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – EJERCICIO 2014
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ModificatoriasLey Provincial Nº 1465 -artículo 26- Sustituye artículo 32; -artículo 33- Faculta al PE a destinar lo percibido según artículo 33 de la Ley Provincial Nº 959
- Ley Provincial N° 1000
- Ley Provincial N° 989
- Ley Provincial N° 986
- Ley Provincial N° 969
- Ley Provincial N° 964 Modificada por la Ley Provincial N° 970