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Oficina Nacional De Contrataciones
Contrataciones en el Extranjero con las fuerzas de seguridad. Ley Nº 20124. Publicidad y difusión. Vigencia de la Ley Nº 20124. Procedimiento para contratar en el exterior en el marco del Decreto Nº 893/2012.
Doctrina: Ref: estudio y análisis de las Comisiones Evaluadoras de Ofertas. Características y Funcionamiento.
Tribunal De Cuentas
Aprueba Procedimiento de Control Posterior - TCP - Publicada en B.O. Nº 4145 de fecha 25/06/2018
Doctrina vinculada - c. Transparencia
“La contratación pública electrónica y la gobernanza digital: el caso del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, Ferrero, Genoveva, TR LALEY AR/DOC/2394/2024. Destaca la transparencia como resultado de la trazabilidad y la publicidad que ofrece la digitalización de los procesos.
“Experiencias internacionales en contratación pública socialmente estratégica y el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, Ferrero, Genoveva, LA LEY 25/07/2024, 1 - LA LEY2024-C, 555 - LA LEY 26/07/2024, 1, LALEY AR/DOC/1695/2024. Remarca el valor de la apertura de datos y la participación cívica en la vigilancia de la contratación.
“Contratos administrativos y principios constitucionales”, Gelli, María Angélica, LA LEY 19/05/2014, 1 - LA LEY2014-C, 799, LALEY AR/DOC/1544/2014. Vincula la transparencia con la publicidad de los actos administrativos como pilar republicano.
“La teoría general del contrato administrativo a través de la jurisprudencia de la CSJN”. Coviello, P., en “La contratación pública” de J. C. Cassagne, (págs. 89-135). Buenos Aires: Hammurabi. En tanto se describen los límites de la discrecionalidad, se promueve un enfoque de legalidad que sirve de garantía a terceros frente al poder público, lo que remite a la transparencia y a la igualdad de trato.
Doctrina vinculada - a. Razonabilidad
“¿Una tesis "sustancialista" del contrato administrativo?”, González-Varas Ibáñez, Santiago - Varas Ibáñez, Santiago, TR LALEY 0027/00000. Analiza cómo las Directivas europeas exigen que las decisiones contractuales respondan a pautas objetivas de legalidad y no a criterios discrecionales o arbitrarios, en línea con la exigencia de fundamentación racional.
“Vicisitudes y perspectivas de los contratos del Estado”, Mairal, Héctor A. - Veramendi, Enrique V. , LA LEY 04/12/2018, 1 - LA LEY2018-F, 791, TR LALEY AR/DOC/2624/2018. Analiza la aplicación arbitraria del régimen de prerrogativas estatales, y propone por una racionalización de las relaciones contractuales.
“Contratos administrativos y principios constitucionales”, Gelli, María Angélica, LA LEY 19/05/2014, 1 - LA LEY2014-C, 799, LALEY AR/DOC/1544/2014. Plantea que el ejercicio de la facultad de contratar debe estar regido por principios jurídicos y racionales, no meramente discrecionales, lo que exige decisiones fundadas y argumentadas.
“La importancia del elemento forma en el contrato administrativo. Consecuencias de su omisión en la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, Canda, Fabián O. En “Cuestiones de contratos administrativos. Jornadas organizadas por la Universidad Austral”, Facultad de Derecho (págs. 35-52). Buenos Aires: RAP. Al exigir que los actos contractuales respondan a una finalidad pública legítima, el documento asume que el acto administrativo debe estar justificado mediante razones objetivas vinculadas al interés general.
“La teoría general del contrato administrativo a través de la jurisprudencia de la CSJN”. Coviello, P., en “La contratación pública” de J. C. Cassagne, (págs. 89-135). Buenos Aires: Hammurabi. Describe al contrato administrativo como un instrumento funcional al interés público, sujeto a límites de validez y a controles de legalidad, lo cual presupone la existencia de razones públicas suficientes para su celebración y ejecución.
Fiscalía De Estado
"La demora en la gestión -que ya parece resultar habitual en la Administración a pesar de significar un apartamiento a la manda contenida en el arto 73 de la Constitución fueguina-, incluso interpretando con un más que holgado margen de
tolerancia la aplicación de los parámetros temporales establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo -art 102-, y hasta considerando "el cúmulo de tareas" al que se apela -como excusa por incumplir los plazos- desde hace ya tiempo en varias áreas del Poder Ejecutivo, nuevamente resalto que -aunque en algunos casos no se configuren ilícitos que ameriten la intervención de la Justicia Penal-, tales hechos dan cuenta de un exagerado apartamiento de los límites establecidos por la legislación, y en consecuencia debo llamar la atención, una vez más, acerca del ineludible sentido de responsabilidad que debe guiar a quienes llevan adelante las actuaciones administrativas dentro del Poder Ejecutivo".
Normativa Municipal Relacionada
Anexo I - Título I - "CAPITULO II NORMATIVA APLICABLE ARTÍCULO 4.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS CONTRATOS. Los contratos comprendidos en este reglamento se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos yextinción por laOrdenanza Municipal N°3693, por el presente reglamento y por las disposiciones que sedicten en suconsecuencia, por los pliegosde bases ycondiciones, por elcontrato, convenio, orden de compra oventa según corresponda. Supletoriamente seaplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en sudefecto, se aplicarán lasnormas de derecho privado por analogía".
Decretos Provinciales
ART. 34 - puntos 1, 2, 3, 5 c), 6, 18, 20, 28, 37, 43, y 62.
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