Más información de la normativa: Ley Provincial N° 1075
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Más InformaciónLey Provincial Nº 1446 Establece Bonificación Especial
- Ley Provincial Nº 1440 Exime de Impuestos a los trámites vinculados a la Constitución y funcionamiento del FIDA
- Ley Provincial Nº 1396 RÉGIMEN ESPECIAL DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA Y REGULARIZACIÓN DE DEUDAS
- Ley Provincial Nº 1310 RÉGIMEN ESPECIAL DE PRESENTACIÓN ESPONTANEA Y REGULACIÓN DE DEUDAS
- Ley Provincial Nº 1242
- Ley Provincial Nº 1102 RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS
- Ley Provincial Nº 1086 Suspende aplicación del TÍTULO PRIMERO de la ley provincial 1075
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ModificatoriasLey Provincial Nº 1548 Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur al régimen procesal del Título V — "De los Procesos Administrativo y Penal” previsto bajo el Título IX — “Régimen Penal tributario” de la Ley nacional 27.430. Sustitúyese en la Ley provincial 1075 y sus modificatorias las menciones efectuadas a la Ley nacional 24.769 por la 27.430 o la que en el futuro la reemplace
- Ley Provincial N° 1499 Establece que la suspensión contemplada en art. 1º de la Ley Provincial Nº 1492, no es de aplicación respecto a exenciones del art. 179º de la ley Provincial 1075
- Ley Provincial N° 1497 Codigo Fiscal, sustituye punto 2 articulo 39º, art 41º, 46º,61º, 200º, inciso j) art.209º, inciso i) art. 209º, art. 234º, 248º, 276º, ultimo párrafo de art. 64º, modifíquese art. 103º, incorpora art. 52º bis, ultimo párrafo del art. 57º, art. 62º bis, 123º bis, 161º bis, de la Ley Provincial Nº 1075
- Ley Provincial Nº 1395 Sustituye artículos 209 de la Ley Provincial Nº 1075.
- Ley Provincial Nº 1394 Sustituye artículos 14, 32, 42 inc 6), 75, 89, 101, 120, 121, 130, 194 inc c), 203, 232. Incorpora artículo 45 inc m), artículo 130 bis, artículo 184 bis, artículo 218 bis; Ley Provincial Nº 1075.
- Ley Provincial N° 1340 Sustituye Ley Provincial N° 1075
- Ley provincial Nº 1278 Sustitúyese el artículo 209 de la Ley provincial 1075
- Ley Provincial Nº 1194 Modifica arts. 11 y 29. Incorpora arts. 90 bis, 95 bis y 101. Sustituye arts. 167, 226 y 228. Deroga art. 62.
- Ley Provincial N° 1174 Sustituye Artículo 1º de la Ley provincial Nº 1075
- Ley Provincial N° 1145 Sustituye los Artículos 232-234-276 e incorpora como último parrafo el Art. 279 de la Ley provincial 1075.
- Ley Provincial N° 1097 Sustituye Artículos 13, 88 y 184 de la Ley provincial 1075.