Más información de la normativa: Ley Provincial Nº 55
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ReglamentariasLey Nacional Nº 25.675 “…Principios de la política ambiental ARTICULO 4º — La interpretación y aplicación de la presente ley, y de toda otra norma a través de la cual se ejecute la política Ambiental, estarán sujetas al cumplimiento de los siguientes principios: …Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan..”
- Decreto provincial Nº 1333/1993
- Decreto provincial Nº 1497/1996
- Decreto provincial Nº 1846/2018